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Punta Alta, República
Argentina, 20 de Septiembre de
2.003.
Su Excelentísima
Majestad
Don Juan Carlos de Borbón
Rey de España
S /
D
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Con mi mayor respeto yo, Oscar Antonio Cavallo ciudadano argentino
pasaporte N° 6.453.501, me presento a usted como padre del Capitán
(R) Ricardo Miguel Cavallo, ciudadano argentino, miembro activo de las
Fuerzas Armadas Argentinas durante los años de la lucha antiterrorista en
nuestro país. Me presento en mi deseo de hacerle
conocer detalles de la extradición
de mi hijo Ricardo Miguel al Reino de España, por pedido del señor juez de
instrucción de Madrid doctor Baltasar Garzón, por hechos ocurridos en mi país
en los años setenta.
Usted
como estadista sabrá entender y su pueblo sabrá comprender que lo
pasado en mi país Argentina en ese periodo,
no fue culpa de un hombre. Fue un proceso derivado de políticas
instauradas para la región desde usinas instaladas en centro
América. Nuestro país, ya en período democrático, vio desbordada sus
Fuerzas de Seguridad por grupos
terroristas insurgentes y el Poder Ejecutivo, por decreto, empeñó a sus
Fuerzas Armadas, en una cruenta guerra para recuperar territorio tomado, como así
también repeler la acción del terrorismo solapado, que había
abarcado prácticamente todo el territorio Nacional y, que decidía quien
debía morir o vivir, sembrando el terror como acción psicológica. Ese
gobierno constitucional, equivocadamente o no, tomó la decisión sobre
la metodología a emplear en dicha lucha.
Mi
hijo participó de esa guerra que no buscó, lo hizo con lealtad y honestidad
cumpliendo órdenes superiores en defensa de la Constitución y las leyes de
nuestro país y del bien común. Arriesgó su vida por la República, cuando la
Fuerzas Armadas fueron empeñadas en la lucha contra los terroristas por Decreto
2772/75, firmado por el Presidente constitucional
de esa época y por todo su gabinete. Por lo que queda claro que cumplió órdenes
emanadas de los mandos respectivos
y éstos a su vez del Gobierno Nacional.
Si
hay culpables, ellos no deben buscarse en los estadíos inferiores de la cadena
de mandos, ya que ellos no tenían la posibilidad de revisar las órdenes.
Todo
esto fue conocido y tácitamente aceptado con su silencio por el grueso de la
ciudadanía, por sus gobernantes, legisladores y jueces, la dirigencia política,
sindical, empresarial, el periodismo y exponentes calificados del mundo de la
cultura. Ello se
prueba con la simple lectura de los diarios de la época.
Esto fue antes y después de la revolución del año 1976.Por lo expuesto,
seamos sinceros, de lo que pasó en nuestro país en esa época, todos somos
culpables por acción u omisión.
Respecto a la actuación cumplida por los elementos de las Fuerzas
Armadas Militares Argentinas y las Fuerzas de Seguridad, para conjurar las
criminales operaciones de las organizaciones terroristas, la Corte Suprema de
Justicia de la Nación Argentina, en pleno ejercicio de sus poderes durante el
gobierno democrático del doctor Raúl
Alfonsín, jamás encuadró la conducta de aquél personal militar, y de
seguridad, aún de sus Comandantes Superiores, en los delitos de genocidio, terrorismo, ni
cualquier otra especie técnicamente configurativa
del género denominado “delitos de lesa humanidad”. Declaró
que fue una guerra contra elementos subversivos.
El pedido de extradición sobre mi hijo estuvo
basado en supuestos no probados, en base a declaraciones efectuadas por
testigos (reales o falsos) ante el juez español Baltasar Garzón, atribuyéndole
al Capitán Ricardo Miguel Cavallo responsabilidad por los delitos de terrorismo,
tortura y genocidio que habría cometido en nuestro país entre los años 1976 y
1982, cuando prestaba servicio activo en la Armada Nacional.
Al haber hecho efectivo el pedido de extradición del Juez Español, la
justicia y el gobierno mexicano, no sólo ha vulnerado
principios de su propia jurisprudencia sino que ignoró el desprocesamiento del Capitán Ricardo Miguel Cavallo producido por la
justicia Argentina el 6 de abril de 1987 en los hechos que se investigan, según
consta en la causa 761 (ESMA) de La Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal y Correccional (que son los mismos por lo que el juez español pidió
la extradición).
En nuevo fallo, la Cámara
Federal de Buenos Aires, con fecha
8 de noviembre del 2001, admitió que los hechos por los cuales se pretendía
juzgar en España al ciudadano Ricardo Miguel Cavallo ya fueron investigados en
la causa en la cual resultó desprocesado en 1987.
En ninguno de los fallos mencionados, el desprocesamiento fue el producto
de la aplicación de las
llamadas leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que
pueden ser consideradas de amnistía ( que por otro lado han quedado
recientemente anuladas por el poder Legislativo, anulación que entro en
vigencia el día 2 del corriente mes.)
Sin haber tomado en consideración lo expuesto
anteriormente, y a pesar que la Constitución de México consagra especialmente
el principio de territorialidad, el gobierno mexicano produjo la
extradición argumentando que nuestro país había resignado sus obligaciones de
juzgar dichos delitos en virtud de las leyes de Punto Final y de Obediencia
Debida.
Su Excelencia, mi hijo lleva ya mas de tres años de detención
siempre rigurosa sin tener cargos
firmes en su contra, simplemente la intencionalidad del señor Juez citado de
castigar hechos que el considera que tiene facultad y que su Fiscalía, con
total criterio ajustándose a las leyes de su país le niega.
De
acuerdo a lo presentado por La Fiscalía, el señor Juez tendría facultades a
partir del año 1985, año que fue promulgada la disposición que se la otorga.
Actualmente
mi hijo está en su país España desde el 28 de junio del presente año, sigue
privado de su libertad, en una celda de aislamiento y a la espera que se decida
su juzgamiento por dicho Juez quién repito ,según lo dicho por el señor
Fiscal, no tiene jurisdicción para hacerlo. Ello
se desprende por el hecho que el Gobierno de su país se ha negado a pedir la
extradición a militares argentinos recientemente requeridos por la misma causa
y el mismo Juez. No conozco de leyes ni jurisprudencia, pero aplicando el mas
elemental sentido común
estoy convencido de que a mi hijo le caben las mismas consideraciones políticas
–jurídicas que se han tenido para no aceptar los pedidos
de extradición citados.
Desearía recordarle Su Excelencia, que con mi hijo,
se han vulnerado principios constitucionales tanto de territorialidad como de
alejarlo de su juez natural, que específicamente están consagrados en nuestra
Constitución. Asimismo, de su defensa en juicio, la que no podrá ejercer
debidamente en su país por las causas conocidas y que hacen
a las motivaciones del señor
Juez citado.
Estos hechos expuestos para conocimiento,sintetizan y se unen a una serie
de circunstancias que hacen que hoy mi
hijo haya perdido el esfuerzo de
muchos años de trabajo y se encuentre privado, desde hace más de 3 años, de
un bien tan preciado como el de la libertad.
Quisiera recordarle que la pérdida
más importante e irreversible es la muerte de la joven madre de cuatro de sus
hijos (el mayor de quince y la menor de ocho años), en la que él se respaldaba
para su cuidado. El deceso sobrevino por una crisis asmática, enfermedad
psicosomática que hizo eclosión por
los avatares producidos por la detención de mi hijo.
Su Excelencia, permítame recordarle que su país,
España, ha sufrido las consecuencias de una cruenta y cruel guerra civil. Pero
una vez terminada la misma, supieron, con inteligencia y patriotismo, superar
las secuelas que una lucha entre hermanos deja. Soberanamente dictaron las leyes
que consideraron oportunas y que les permitiera volver a vivir en armonía,
dejando atrás ese pasado oscuro de
la historia. Nadie pudo osar interferir en sus actos soberanos. Tampoco ustedes
lo hubieran permitido
Considerando que un hecho de esa naturaleza, (la
extradición de un ciudadano argentino para ser juzgado en su país), que
menoscaba la soberanía de mi país, es de su conocimiento, le pido humildemente
su intervención, para que se
cumplan con mi hijo las leyes, normas constitucionales y que supere esta
desmadrada actuación del señor magistrado anteriormente mencionado.
Su Excelencia en aras de la aplicación de una justicia universal, se ha
perseguido a un hombre por acusaciones no fundadas, y a sabiendas que en su país
de origen había sido investigado y desprocesado, por los mismos cargos por los
que se pidió la extradición.
Por
respeto, a él, y a nuestro sistema judicial se debió como mínimo requerir la
situación procesal de este ciudadano antes de infligirle daños irreparable.
Es decir se violan los derechos humanos en aras de cumplir con los mismos,
un verdadero contrasentido.
El
respeto a los derechos humanos se debe aplicar siempre y en sentido horizontal
castigando a todos aquellos que de una forma los
han violado, independientemente
de lo poderosa que sea la nación a la cual
pudieran pertenecer, y no solo en
aquellos países que por estar pasando situaciones políticas y económicas
complicadas, se quiere tomar como referencia para demostrar la ejecución de
medidas ejemplificadoras que muestren al mundo una mentida justicia, ya que al
ser aplicada arbitrariamente y selectivamente no es tal, sino venganza.
Estoy
seguro que ni Usted ni su País, que han sido rectores y custodios de un orden
institucional y Jurídico Universal, se prestarán a que se lleve cabo tan
desgraciado fin.
.
Su Excelencia, es claro que el
terrorismo fue malo antes, es malo hoy y será malo siempre,
por lo que su accionar debe ser combatido
en resguardo de las instituciones democráticas, como lo hacen en este momento
dentro de sus propias fronteras. O en el ámbito mundial, teniendo como país
rector a EEUU de América. A los que Ustedes se han sumado con un criterio de
defensa de la paz universal que es por la que debemos luchar y para ello debemos
unir esfuerzos.
Nosotros como pueblo y como nación soberana, tenemos la necesidad de una
vez por todas de recomponer el tejido social, para lograr la paz duradera y que
nos permitan hacer prosperar a este bendito país tan castigado, para ello
debemos dejar de buscar venganza, hacer justicia, ajustándonos
a la Constitución y otras
Leyes que nos rigen y medir con la misma vara a ambos bandos que lucharon.
Su Excelencia, como ciudadano argentino, más allá
de ser el padre de un soldado comprometido en esa guerra, le pido que nos
ayude, generando aquellas decisiones
políticas que permitan que ese
ciudadano Argentino regrese a su país, y, si el señor Juez que lo hizo detener
tiene pruebas que lo involucren las envíe a nuestra Justicia que es quien deberá
juzgarlo si correspondiere, es decir que
actúe libremente nuestra justicia, sin
interferencias de jueces providenciales.
Su
Excelencia, Usted sabrá perdonar si la presente no cumple con los requisitos
formales que corresponden, pero como comprenderá para mí el caso trasciende lo
protocolar para instalarse en lo humano.
Saludo a Usted más distinguida
consideración y respeto agradeciendo
desde ya toda la atención que pueda brindar al presente pedido.
Oscar
Antonio Cavallo
Pasaporte: 6.453.501
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