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| INFORMACION TOMADA DE EL PERIODICO LA TERCERA | ||
| MARZO 9, 1999 | ||
| Audiencia
Nacional le reconoció inmunidad por tratarse de un jefe de Estado
en ejercicio
España no juzgará a Fidel Castro Respuesta a apelación de entidad
anticastrista que impugnó dictamen de juez madrileño que
no acogió a tramitación una querella contra presidente isleño..
El 5 de noviembre pasado la Fundación para los Derechos Humanos en Cuba interpuso una querella en contra del gobernante isleño por los delitos de terrorismo, torturas y genocidio, los mismos que la Unión de Fiscales Progresistas de España imputó al general (R) Augusto Pinochet y que dieron origen a su detención en Londres, el 16 de octubre pasado. En su momento, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional de Madrid,
Eduardo Fugairiño, rechazó la admisión de la querella
contra Pinochet y presentó un recurso que desconocía la jurisdicción
de ese tribunal para juzgar al senador vitalicio. Pero la Audiencia Nacional
lo rechazó.
ARGUMENTACION"La jurisdicción penal española no puede atribuirse el conocimiento de los hechos supuestamente delictivos en cuanto que uno de los querellados es Fidel Castro, que representa frente a España la soberanía del pueblo cubano", señaló el auto de la Audiencia.Los delitos de terrorismo y torturas, junto al de genocidio, son imputados al mandatario cubano por la Fundación para los Derechos Humanos en Cuba, que el 5 de noviembre pasado interpuso una querella ante la instancia del Poder Judicial español. El pleno de la sala de lo Penal determinó que Castro es jefe de Estado en ejercicio y, por tanto, tiene inmunidad. El organismo de la judicatura española estableció también un deslinde entre la querella presentada contra Castro y la que en su momento se interpuso contra el ex dictador chileno Augusto Pinochet, caso en el que la Audiencia reconoció su jurisdicción. Según la instancia judicial, el auto publicado este lunes no contradice una resolución del mismo pleno en el que el querellado era el senador vitalicio y general en retiro chileno, "dado que no se trataba de un jefe de Estado, al haber cesado en dicho cargo". De acuerdo con la judicatura, la inmunidad de los jefes de Estado extranjeros tiene como fuentes no sólo las Convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares, "sino los propios tratados bilaterales firmados por los estados y la costumbre internacional". La resolución de la sala de lo Penal se produjo luego que la anticastrista Fundación para los Derechos Humanos en Cuba apeló una resolución previa del juez Ismael Moreno, quien no admitió dar trámite a la querella contra el líder cubano.
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| PEDIDO AL JUEZ GARZON | ||